23/12/2024
Por Logiudice Edgardo , ,
"El rico manda al pobre; y quien toma prestado se hace siervo de aquél que le presta".
Libro de los Proverbios 22,7.
De las ideologías heréticas
Mi intención no es mirar la cuestión desde el ángulo de un economista, sencillamente porque no lo soy. No obstante creo que el tema merece una mirada desde el punto de vista de las ideologías.
Para iniciar mi discurso diré que me apoyo en lo que yo estimo se puede interpretar como la concepción de las ideologías en Gramsci, al menos en sus escritos de los años 193l-1932, en relación al manual de Bujarin y a la filosofía de Benedetto Croce.
De esa interpretación quiero señalar algunas cuestiones.
La primera es que superestructura es sinónimo de ideología. Esto me parece importante porque en la tradición marxista la normatividad jurídica es considerada una superestructura. Por lo tanto, si aceptamos que la superestructura es ideología, el derecho (las normas y sus conjuntos) se considerará una ideología.
Una segunda cuestión es la distinción que hace Gramsci entre ideologías orgánicas e ideologías arbitrarias. Las primeras son aquéllas que son necesarias para el funcionamiento del bloque histórico, las segundas son las creaciones o discursos individuales que, aunque nunca sean inútiles ni desaparezcan, funcionan "coyunturalmente". Esto también me parece importante pues, en la modernidad, al menos occidental, el derecho funciona como una ideología orgánica. Es decir, necesaria para el funcionamiento del bloque.
Una tercera cuestión es la relación entre la estructura y las superestructuras. Cabe señalar aquí que las instituciones o los aparatos superestructurales se conforman como conjuntos de normas jurídicas. Pues bien, la interpretación consiste en que la relación entre estructura y superestructura es siempre el de una unidad orgánica, es decir inescindible. Su distinción es analítica, de método. Esto también me parece importante ya que entonces las cuestiones económicas habrán de considerarse en una unidad orgánica con las normas en, y con, que funcionan.
Por último, ya por fuera de la interpretación de Gramsci, quiero señalar que las normas jurídicas son creaciones sociales emergentes como arbitrios ficcionales para su adaptación a los cambios, sean paulatinos o súbitos, de las relaciones sociales (entre ellas las que manifiestan la organización de la producción, la distribución, el cambio y el consumo). Visto desde el punto de vista de la racionalidad esas ficciones constituyen una técnica de creación de formas ideológicas adaptables a aquéllos cambios.
En las sociedades de dominación, esto es, de apropiación del trabajo ajeno, en la función superestructural de mantener la unidad orgánica del bloque, la técnica de ficción habrá de dar cuenta de los cambios al tiempo que ocultará o tenderá a ocultar la dominación. En la sociedad capitalista de cuño mercantil la apropiación del trabajo ajeno se cimenta en la forma contractual salario, cuya ficción consiste en ocultar en el acto aislado del contrato la apropiación de la plusvalía. La relación social que se establece no tiene nada de aparente, constituye una relación efectiva, operante. En eso consiste la cuestión cognitiva de la ideología: dar cuenta de los fenómenos al mismo tiempo que ocultarlos. La misma constitución del miembro singular de la especie como persona individual, es decir, su individuación, al tiempo que da cuenta de la liberación respecto a la dominación personal, oculta a través de esa ficción jurídica la relación de dominación que supone la apropiación de una parte de los resultados de su fuerza de trabajo. Esta es la función de la ideología manteniendo la cohesión del bloque a través del derecho y las instituciones. La ideología se cristaliza en normas jurídicas, y las normas jurídicas, en forma de instituciones o de contratos, son inseparables de la totalidad de los aspectos de la producción.
Me parece importante señalar esto por su relación en la apreciación de la ficcionalidad de los procesos económicos que son objeto de consideración.
Aquí me "apalanco" (para usar la jerga), para sostener: a) que lo ficticio no está en el capital ni en las ganancias, sino en la ficción de la juridicidad inescindible de las relaciones económicas; b) que si ese capital no es ficticio, no gira en el vacío, estará presente en las relaciones sociales respecto al trabajo futuro.
De creencias y ficciones
Cualquiera que sea la relación de las creencias con el conocimiento conciente, creo que es válido afirmar que las relaciones sociales se establecen por medio de creencias o, mejor dicho, que las creencias conforman el aspecto cognitivo de las relaciones sociales. Si esto es así, entonces, no existen relaciones sociales sin creencias. Dicho de otra manera, la distinción del aspecto cognitivo o epistemológico en las relaciones sociales opera sólo en el campo metódico o analítico, pues la relación social constituye una unidad orgánica. Esto significa que el aspecto cognitivo es in-escindible de los demás aspectos operativos de la relación y, aun más, que dichas relaciones no son posibles sin el aspecto cognitivo.
En el campo de las creencias podemos distinguir al menos las creencias mitológicas, las religiosas y las ideológicas. En el campo de las ideologías normativas, es decir las orientadas a producir conductas y, dentro de éstas las éticas y las jurídicas.
Podemos distinguir también las institucionalizadas, es decir que cristalizan en aparatos, de las que operan desorganizadamente en el sentido común.
La distinción que más nos interesa acá es la que establece Gramsci entre ideologías orgánicas e ideologías arbitrarias o individuales, donde las ideologías orgánicas son las requeridas por el bloque histórico para lograr y mantener su unidad.
Una de esas ideologías orgánicas en el bloque histórico del capitalismo es la generada y generadora por el establecimiento de relaciones sociales a través de la contratación. Esto es, la contractualidad.
La contractualidad opera tanto en el sentido común como en el conjunto jurídico-institucional o político en sentido estricto.
La contractualidad es una ideología orgánica que mantiene la cohesión del bloque histórico mercantil-capitalista. La contractualidad constituye el conjunto de la normatividad jurídica, es decir el derecho.
El derecho es un constructo social una de cuyas características, quizá la fundamental, es la ficcionalidad. La ficción jurídica opera como técnica de adaptación de las normas a nuevas formas de relaciones sociales emergentes. Su mecanismo elemental es el sintagma "como sí".
En la relación elemental que define el modo de producción capitalista hallamos este "como si". La ficción de que el capitalista y el obrero desnudo contratan libremente como dos propietarios independientes.
Esta ficción es lo que constituye el contrato de salario, en cualquiera de sus formas.
Como ideología alude, reconoce, al individuo singular productor como libre de la dominación personal de la apropiación del trabajo ajeno en la forma de especies o servicios personales, es decir las formas serviles, al mismo tiempo que elude, oculta, en la forma contractual el carácter generador de una potencia de la fuerza de trabajo superior a sus costos de mantenimiento y reproducción. Es decir, la plusvalía queda oculta por la forma mercancía de la energía del trabajo, es decir por el contrato. O, lo que es lo mismo, por la ficción jurídica.
De riesgos y futuros
Esta ficción no es ilusoria ni aparente, opera efectivamente y está implícita en las creencias operantes en las relaciones sociales. Forma parte del conjunto de la ideología orgánica que cohesiona la forma de apropiación del trabajo ajeno por medio del salario.
El trabajador desnudo "sabe" (en el sentido de Bourdieu) que tiene que trabajar para, al menos, subsistir y el capitalista "sabe" sin comprar la energía (potencia) de trabajo no hará ganancia, conozca o no la teoría del valor y la plusvalía. Lo que tiene en cuenta al reclutar productores por medio del contrato es el trabajo en potencia, futuro, para ponerlo en acto, como trabajo vivo, en contacto con el trabajo cristalizado, pasado.
En el monto del salario está representado el trabajo futuro, lo pague como lo pague, vencido o anticipado.
El trabajo futuro comprende su ganancia virtual, pues para que el plusvalor aparezca, se "materialice", deberá previamente realizar las mercancías resultantes de esa puesta en obra del pasado por el trabajo vivo. El que esa puesta en obra se comsume, alcance su resultado y el que esa mercancía se realice, es un albur, que perciba su precio es el álea de los contratos. El conjunto constituye el riesgo de la empresa. El riesgo sobre el que el capitalista especula.
El conjunto del ciclo de la producción en general se inicia en un contrato (el de consumo de la fuerza de trabajo, pasado o futuro) y finaliza en otro contrato (el de la venta del producto, para su destino final, el consumo).
La contractualidad es la expresión jurídica del intercambio o de la circulación de las mercancías.
En la sociedad mercantil-capitalista el dinero es expresión y medida de valor y medio de circulación de las mercancías. Su magnitud se relaciona a la magnitud de la producción, pero conforma sea ésta puede faltar o puede exceder en una empresa o en una rama. El excedente puede adoptar distintas formas y funcionar como préstamo allí donde falte. En ese caso el pago por el uso de ese dinero lo constituyen los intereses que, de este modo, merman las ganancias del productor tomador del préstamo o, lo que es lo mismo, comparte con el acreedor parte de su plusvalía. Los títulos representativos de deudas (contratos) y sus intereses tienen su contrapartida en el patrimonio del deudor. En el patrimonio del deudor obra también el capital variable (el destinado a los salarios) que, vimos representa también trabajo futuro. Trabajo futuro no sólo en el del productor contratado, pues el salario incluye también los costos de su reproducción, en el mismo individuo y en la de su vida en la descendencia biológica.
El dinero y sus representaciones contractuales expresan así no sólo trabajo pasado sino también trabajo futuro.
Esta operatoria y esta construcción se apoya sobre la base de la ficción efectiva que obra en el contrato de salario, cualquiera sea su forma.
De las deudas
En Roma la adaptación de las formas jurídicas a las relaciones sociales emergentes ha sido el trabajo de pretores y jurisconsultos. La ficción ha obrado como técnica para esa adaptación.
Dado que de deudas se trata, de las consecuencias de las deudas veamos.
El proceso de adaptación de la normatividad tiene huellas históricas.
Por lo que al asunto que nos ocupa concierne, me limitaré a pocas líneas.
Como sabemos la esclavitud por deudas es de muy antigua data. El Código de Hammurabi (1692 a.c.) la establecía de por vida del deudor incumplidor.
Mateo fue recaudador de impuestos para el gobierno de Roma y él es que dice (Mateo 6,12) lo que luego se repite en el padrenuestro: "y perdónanos nuestras deudas, así como nosotros hemos perdonado a nuestros deudores". Lo cierto es que la cuestión de las deudas impagas eran cosas bastante peligrosas. Dice el mismo Mateo (18, 25, 26), alrededor del 60 a.c.:
25 Mas á éste, no pudiendo pagar, mandó su señor venderle, y á su mujer é hijos, con todo lo que tenía, y que se le pagase.
En Roma la Ley de las XII Tablas (siglo V a.c.) establecía que quien tomaba un préstamo lo garantizaba con su propia persona. La Tabla III° trataba de la ejecución del deudor. Si el deudor no pagaba en treinta días el Pretor lo adjudicaba al acreedor como bien propio, éste lo encadenaba durante sesenta días, luego de los cuales lo llevaba al mercado público por tres días para que alguien pagara sus deudas. Si nadie lo hacía, podía retenerlo o venderlo como esclavo del otro lado del Tíber. No se ha registrado que se haya hecho efectiva la facultad de los acreedores de descuartizarlo en forma proporcional a sus créditos.
Sin embargo fue la propia creación jurídica romana que, con sus grandes ficciones, eliminó la institución, al menos para los propios romanos, si no para los extranjeros.
La única forma de garantizar no era el nexum, es decir, con la propia persona, también estaba la fiducia, que separaba un bien del patrimonio y, en algunos casos, todo el patrimonio de su titular. Por lo que parece, en la práctica, la garantía con la propia persona era el único recurso de los pobres y la fiducia quedaba para los ricos.
Sin embargo los pretores romanos idean distintos mecanismos para separar bienes de un patrimonio o un patrimonio de un titular en los casos de deudas impagas: la bonorum venditio, que es la venta en masa de los bienes del deudor como si éstos fueran del acreedor. También la bonorum cessio, que era como si el deudor hubiera abandonado sus bienes.
Los romanos también contrataban sobre las cosas futuras. Los casos clásicos son los de la compraventa de la próxima cosecha, pero con mayor vinculación al riesgo o a la "suerte" es el de la compra de lo que salga en una tirada de la red de pesca.
No se si a algún romano se le habrá ocurrido, para evitar los riesgos de la pérdida, especular comprando a varios pescadores a la vez, para garantizar una media, pero la probabilidad lógica de que haya ocurrido existe.
Lo que sí es seguro es que idearon la ficción del fideicomiso y especularon sobre futuros.
Estaba contemplada también la venta de la cosa ajena, a cuyo respecto ha habido polémicas entre los romanistas. La gestión de negocios podría cubrir algunas ventas.
No quiero decir con esto que en Roma estaban los gérmenes de lo que luego se desarrollaría ni que esas creaciones prácticas sean la "esencia" de los procesos actuales. Simplemente que las nuevas creaciones jurídicas se suelen elaborar sobre materiales ya existentes, aunque con funciones absolutamente distintas a las originarias, constituyendo así nuevas relaciones sociales.
En este tramo del discurso he señalado la esclavitud porque es una forma de apropiación del trabajo ajeno y la señalo, en cuanto generada por deudas, porque de este modo es posible concebir las deudas como forma de apropiación del trabajo ajeno.
El acreedor impago puede quedarse con el deudor como esclavo, en cuyo caso éste trabajará (en lo que sea, aun como educador) para aquél y, si no le resulta útil podrá venderlo, en cuyo caso obtendrá el valor de su trabajo potencial futuro.
De la usura y el trabajo
La cuestión de los préstamos y las deudas ha acarreado no sólo cuestiones jurídicas sino religiosas o éticas. Es curioso, para el sentido común actual, como aparece el asunto en Santo Tomás, vinculado al trabajo.
Tomás de Aquino, napolitano (1225-1274), condenaba la usura.
Recibir interés por un préstamo monetario - decía - es injusto en sí mismo porque implica la venta de lo que no existe.
Hay ciertos objetos - decía - cuyo uso consiste en su propia consumición; de ahí que en estos casos no deban computarse separadamente el uso de la cosa y la cosa misma, sino que a todo aquel a quien se concede el uso se le concede también la cosa misma. Basta entonces con devolver la cosa, es decir, el dinero.
De otra manera, si me prestas el dinero es para que lo consuma, si me exiges que te devuelva el dinero con interés me estás cobrando por haberlo utilizado, que es, precisamente, para lo que me lo prestaste.
Me estás exigiendo dos pagos: la restitución y un precio por su uso. De allí el nombre de usura. No es lo mismo si me arriendas una casa, porque ésta no se consume: el uso se puede separar de la cosa.
Esto está en la Suma Teológica (Secunda secundae, cuestión 78 - art. 4-).
Jacques Le Goff (1924), historiador francés, del École, en 1939, en "Mercaderes y banqueros de la Edad Media", señalaba algunos motivos de esta condena de los teólogos y de la Iglesia respecto al cobro de intereses por préstamos dinerarios.
Uno era que "el que presta no realiza un verdadero trabajo, no crea ni transforma una materia, un objeto; explota el trabajo de otros, el trabajo del deudor", Otro fincaba en la dificultad que canonistas y teólogos tenían para admitir que el dinero pudiera por sí mismo engendrar dinero y que el tiempo de su uso pudiera dar origen a dinero. Esto les venía de Aristóteles. En su estructura mental - afirmó Le Goff - campea la idea de que el tiempo sólo pertenece a Dios y Santo Tomás y otros argumentaban que con la práctica del interés "se vende tiempo".
Mucho después la iglesia católica que, como decía Gramsci, siempre ha tratado de ajustar los dogmas a las prácticas, terminó siendo banquero.
La iglesia condenaba a los usureros como herejes, lo que podía significar tormentos y hoguera para el acreedor. La cuestión es que ya muchos obispos eran acreedores.
El asunto me parece interesante por varias cuestiones.
Una de ellas es como los resultados del conocimiento religioso, teológico e ideológico, es decir las ideas, permanecen vivas en suelo sedimentario que es, en la expresión gramsciana, el sentido común. Salvo nuestro benemérito Barrionuevo, el dinero se debe ganar trabajando.
Otra cuestión es la del objetivismo o materialismo rústico que, también siguiendo a Gramsci, tiene un origen absolutamente religioso. Vale decir, la concepción de un mundo exterior al hombre tiene su origen en la idea de que el mundo fue dado por Dios y sobre él puso al hombre, de modo que, entonces, es previo y objetivo respecto al conocimiento humano. De allí que también el tiempo pertenezca a Dios y, como todas las cosas sagradas, están fuera del comercio. El tiempo no se puede vender.
No es ésta la concepción de la filosofía de la praxis. Precisamente es en la venta del tiempo de trabajo donde Marx halla el secreto del capitalismo.
Otro asunto es la idea de que el dinero por sí no puede engendrar dinero, idea que se fundamenta en un concepto del dinero como una cosa física, no como una representación ideal de relaciones sociales.
Ligado a lo anterior, la relación del dinero con el consumo. Detrás del dogma, nuevamente, el materialismo burdo. Sólo concibiendo el dinero como una cosa física se puede pensar en su consumo. De lo contrario, después de cada intercambio en que consuma su función, reaparece, simplemente porque es representante ideal de valor. Las construcciones ideales no se desgastan ni se deterioran con su uso. Sólo se desgasta el soporte físico.
En correspondencia con ello, si el dinero se consume, no puede ser usado, por lo tanto pagar por su uso (interés) implica la venta de lo que no existe.
El que presta no realiza un verdadero trabajo. Trabajo es lo que crea y transforma una materia. El dinero no tiene relación con el trabajo. Tomás no podía concebir la operatividad efectiva de las creaciones ideales. Se trata nuevamente de un materialismo estrecho, por supuesto no reprochable al santo, pero quizá sí a algunos materialistas contemporáneos nuestros.
Finalmente: el prestamista explota el trabajo del deudor. No significa más que la carencia del concepto de dinero como representación de valor generado por el trabajo. Naturalmente Tomás no podía pensar que el dinero del prestamista es también trabajo, trabajo acumulado (suyo de cualquier otro) que se "mezcla", a través del préstamo, con el trabajo "vivo" del deudor, creando nuevos productos que luego se "reparten".
No se puede pensar el dinero como representación de trabajo pasado, ni como representación de potencia en el trabajo futuro. No se puede pensar como condición de la "mezcla". Para que ello sucediera era necesario el renacimiento del comercio y la sociedad mercantil. Pero eso ya es otra cuestión, lo cierto es que la iglesia católica deberá, con ese renacimiento, rever todas sus posturas signadas por el inmovilismo de la sociedad servil y el dogma.
Es la misma forma de producir conocimiento de la teología la que ingenió las ficciones que le permitieran adaptarse al desarrollo del comercio y la banca.
Así lo señala el mismo Le Goff: el interés pagado se presenta como si fuese una donación voluntaria o como si fuese una multa, si había expirado el plazo. Se consentía también disfrazar el préstamo de acto de intercambio a través de una letra de cambio ficticia.
También se consideraron los riesgos: la insolvencia o mala fe del deudor, por lo que debe ser compensado. A partir del siglo XII se añade el riesgo de ver disminuir el valor del dinero prestado a causa de una mutación monetaria o por efecto de las fluctuaciones del precio de la plata. La incertidumbre justifica la percepción de un interés.
Bien parece que desde lejos el riesgo y el lucro vienen unidos a las ficciones.
Tenían también nombres: ratio incertitudinis, periculum sortis.
También se justificó el maldito interés en que el prestador se privaba de un beneficio probable (es decir, virtual), que habría podido obtener de aplicarlo a otras cosas.
Ya el beneficio del mercader que compra barato y vende caro (es decir, que especula) se considera un trabajo y la ganancia se considera un estipendio por él, stipendium laboris.
Por último se autoriza el comercio sobre rentas constituidas, o sea asentada sobre bienes raíces y el interés de la deuda pública.
Así como los pretores romanos adaptaron las normas eliminando la esclavitud (y probable muerte) del deudor, al menos romano, los canonistas lo hicieron alejando el peligro de la hoguera para el acreedor.
Sin todo esto no hubiera existido la posterior sociedad capitalista. La concepción teológica y las ficciones jurídicas canónicas se adaptaron para ser orgánicas a la nueva sociedad burguesa.
De las proporciones y los consumos
La cuestión es que algunos autores oponen la "realidad" a la ficción.
El "distanciamiento" del sector, circuito o ámbito de esos capitales especulativos, ficticios, parasitarios y esas ganancias, no obsta a que efectivamente esas ganancias ficticias, pues no parecen responder al "reparto" de ninguna plusvalía, en su forma dinero, pueden transformarse en mercancías. Otros ponen el acento en la "burbuja" que de vez en cuando se pincha, dado que ese capital dinero no está conectado a la magnitud de la producción de bienes y servicios. Uno de los problemas planteados es de qué manera este la operatoria de ese capital-dinero amengua la tendencia (o ley) de la tasa de la caída de ganancia. La preocupación fundamental parece ser la de la crisis. El problema es porqué, no obstante ese distanciamiento y desproporción, la crisis nunca es general.
El distanciamiento, del sector o mercado financiero y la diferencia de magnitudes, es apreciable también en la contratación.
Estaríamos entonces frente a un "alejamiento" del capital-dinero representado por toda esa hiper-contratación frente a los bienes y servicios efectivamente producidos o, lo que es lo mismo, al mundo de las mercancías en que se expresa la riqueza en el modo de producción capitalista.
Si esto es así, entonces es que nos alejamos también del consumo, tanto el consumo de la fuerza de trabajo como, consecuentemente, del consumo que la reproduce.
Lo aparentemente paradójico, es que estamos también frente a una industria publicitaria (representada también en fondos publicitarios) orientada a instalar la ideología del consumismo.
Pero el consumismo mismo, no sólo de lujo, puede significar también derroche. La cadena de innovaciones, útiles e inútiles, amortiza (a veces aborta) o hace obsoletos precozmente muchos bienes.
Esto significa destrucción de trabajo pasado que no llega a consumirse sino sólo a consumarse como mercancía, y a veces ni eso, creando la posibilidad de trabajo futuro.
El consumismo significa también la proliferación de contratos de compra. Además este consumismo apunta a la generación de deudas que deberán pagarse con el trabajo futuro de los consumidores, pues el asunto fundamental es comprar a crédito.
Es quizá paradójico, pero no contradictorio, afirmar que, para grandes masas de población mundial, decrezca la probabilidad de contratar y que, al mismo tiempo, crezca exponencialmente la magnitud de los contratos, tanto en su variedad como en su cantidad y como en los valores representados.
Podría decirse que, frente a una hipo-contratactualidad en el campo de la pobreza, se advierte una hiper-contratación en el campo de la riqueza. Que frente al campo más cercado y rústico, primitivo, de la mínima contractualidad para la subsistencia, apreciamos un campo cada vez más amplio y sofisticado de producción contractual para el lujo y el derroche, lugar donde suelen ir a para esas ganancias ficticias.
Esto significa la presencia de dos mercados y un no-mercado.
Así se muestra en la existencia de hambrunas en las cercanías de mil millones de indigentes, según la última Conferencia de Alto Nivel de la FAO, en la cual se prometieron - entre el Banco Mundial y algunos bancos de los países centrales - aportar
18 millones de dólares para la "seguridad alimentaria", cuando en el mundo 72 instituciones financieras concentran 42 mil billones de dólares. El director de la FAO había pedido tan sólo 30 millones de dólares.
Cerca de mil millones de seres humanos no contratan siquiera sobre su alimentación, mendigan.
Setenta y dos instituciones financieras intercambian documentos contractuales en todo momento en tiempo real.
Esos documentos contractuales no versan sobre intercambios de mercancías vinculadas a la producción y el consumo sino sobre dinero: intercambio de dinero. El dinero es la mercancía de esos contratos. La actividad especulativa en un solo día representa el 20% del valor anual del comercio mundial.
Estas transacciones contractuales sobre dinero o su representación tienen como objeto el tiempo futuro. Se trata de compras y ventas de representaciones de dinero futuro, no necesariamente propio. Se contrata sobre resultados probables, aleatorios, sujetos a riesgos, que se pretenden eludir con garantías, constituidas también con documentos representativos de dinero.
De los replicantes especulares
La réplica aritmética de los valores y sus representaciones aparece como una serie de imágenes reflejas en múltiples espejos, en sucesivas contabilidades de operaciones financieras con expectativas de beneficios en las probables variaciones de precios (de monedas, bonos, títulos, acciones, bienes tangibles e intangibles, intereses, etc.).
Es decir, estas probables variaciones constituyen el alea de una cantidad de contratos, que significan la asunción de algún riesgo probable en un futuro, de corto o largo plazo.
Riesgos previstos en el tiempo que se pretenden eliminar o desplazar generando figuras (jurídicas) especulares. Estas figuras especulares se "materializan", se expresan, en formas representativas, papeles de comercio, títulos, contratos, etc. Documentos en los que se evidencian, se manifiestan empíricamente las formas especulares de la especulación sobre el alea que "contiene" todo futuro, el riesgo que consiste en la incertidumbre de ganar o perder. Como en este juego, como en cualquiera, todos quieren ganar (a veces aun asumiendo pérdidas parciales) el asunto es evitar perder. La pérdida trata de evitarse con la generación de normas: cada una de esas formas representativas se constituye con un complejo de normas que funcionan en conductas efectivas, no imaginarias, no ilusorias, no aparentes. Cada uno de esos conjuntos normativos constituye un "como sí", una ficción. Un conjunto de bienes, de activos (que puede estar constituido -generalmente lo está - por representaciones especulares), por ejemplo, uno o más activos son separados de un patrimonio, como si fuese un patrimonio de otro titular. Se genera, se personaliza, se constituye, otra persona.
Un clon, un replicante, puramente ideado por ficciones jurídicas, es decir ideológicas.
El mismo concepto de representación contiene un "como sí" estuviese presente lo representado. El mecanismo de la representación genera una réplica virtual del representado.
Se arriendan bonos, títulos, acciones como si se pagase por su uso. Se gira sobre dinero o activos ajenos como si fueran propios mediante promesas de integrar garantías. De modo que se trata de ficciones jurídicas, representaciones de representaciones, que son asumidas como efectivamente operantes y, en realidad, operan.
Dije más arriba que estas cuestiones aluden a la especificidad del proceso. Lo que resta eludido en toda esta construcción, es su autonomización, de su punto de partida histórico, esto es, la producción propiamente dicha, como así denominaba Marx a los procesos de producción de las fuerzas materiales dentro del proceso general de producción (producción, distribución, cambio y consumo). Por lo tanto queda eludido también el tramo del consumo en acto de la fuerza de trabajo y su reproducción y la función del dinero como mediador del intercambio.
Por lo tanto, todo el conjunto jurídico (la superestructura) cumple así su función ideológica, constituye la ideología orgánica, necesaria para el funcionamiento de esa estructura nueva del capital, que genera ganancias que no significan "repartos" de plusvalía. Que no son ficticias sino resultado de un proceso ficcional de producción de relaciones sociales, tan operantes como cualquiera, tan efectivas, tan "reales", si se quiere utilizar ese término, como las de producción, distribución, cambio y consumo.
Ese conjunto ideológico elude también el consumo virtual de la fuerza de trabajo en potencia y del trabajo futuro.
Esta dinámica de la ingeniería financiera efectivamente borra los rastros de su origen histórico, la producción de plusvalía. Se aleja del sector productivo pero especula y tiene su espejo en el trabajo futuro, en la futura producción necesaria, al menos para saldar las deudas públicas, sobre las que gira gran parte de estos capitales. Deudas públicas asumidas en su momento y que ya estamos pagando.
El alejamiento, la autonomización, de la producción se refiere a la producción del trabajo pasado y en acto, pero no de la producción en general, una de cuyas partes es siempre trabajo futuro. El mismo trabajo futuro que contrata cualquier capitalista del sector productivo. Aun así tampoco se aleja tanto del trabajo pasado: una de las fuentes principales proveedoras de fondos está vinculada a los ahorros públicos, sea de las "privatizaciones" de los bienes sociales (mal llamados estatales) y de los ahorros previsionales. Verdaderas formas de apropiación del trabajo ajeno por medios contractuales pero no salariales.
La forma salarial (punto de partida histórico) persiste, pero me parece, subordinada a nuevas formas. Así como la producción ha quedado ha merced (subordinada) a las inversiones del capital financiero, la forma salarial también. De donde lo que fue punto de partida histórico es ahora un resultado, una forma particular que convive con otras, de apropiación del trabajo.
La estructura salarial sigue existiendo como base, pero la base no condiciona ya las superestructuras. Diría que se trata de una inversión dialéctica: las superestructuras condicionan la estructura.
De las profecías
Parece que Jesús le dijo a Juan: "Mira, vengo = pronto = y traigo mi recompensa = conmigo = para pagar a cada uno según su trabajo." Apocalipsis, Cap. 22,12.
Será desde entonces que estamos esperando. Un futuro.
Quizá se trate de no seguir esperando. Ni la crisis general, ni la caída del ángel de la tasa de ganancia.
Quizá se trate de apuntar más a las probables ideologías que puedan fecundar en el sentido común de los que tienen que mendigar.
Después de todo, la mayoría de los mendicantes fueron herejes y eremitas asociados.
Para ser herejes primero hay que leer la Biblia.
Escrito y enviado por el autor para su publicación en junio de 2008.