29/03/2024

Nuevas investigaciones en teoría marxista del Estado. Sobre Antoine Artous et al., Naturaleza y forma del Estado capitalista (Buenos Aires: Herramienta, 2016)


Este nuevo libro colectivo puede enmarcarse en el debate de la “derivación” del Estado a partir de las relaciones de producción capitalistas. La publicación constituye una novedad de peso en el campo de la investigación marxista, tanto por la originalidad de los autores presentados como por el hecho de que el propio debate de la derivación ha permanecido relativamente desconocido en nuestro medio. En la tradición marxista y en los propios textos de Marx, como se suele repetir, la teoría del Estado ha constituido históricamente un nudo de dificultades. El debate de la derivación (que comenzó en Alemania en los años 70) intentó suplir esa carencia, construyendo una teoría del Estado a partir del despliegue dialéctico de las categorías de la crítica de la economía política, buscando deducir lógicamente la forma Estado de las articulaciones categoriales que estructuran el capital, el valor y la mercancía.
El propósito de la derivación es mostrar la correlación sistemática entre Estado y capital comprendidos como formas diferenciadas de una misma relación social. No se trata de reducir los asuntos de la política y el Estado a una base económica dada previamente, sino de deducir dialéticamente (por remisión a una totalidad de relaciones de carácter sistemático) la necesidad de la separación entre lo político y lo económico en el capitalismo. “Las formas capital y Estado son [...] formas diferenciadas asumidas por un mismo contenido: las relaciones sociales capitalistas” (Bonnet, 2007: 7-8). Los autores que reseñamos, por lo tanto, analizan desde diferentes ángulos la articulación sistemática y lógicamente necesaria entre Estado y capital.
El libro cuenta con una breve introducción de Antoine Artous, más cuatro capítulos relativamente independientes, escritos por el propio Artous, Tran Hai-Hac, Javier Solís González y Pierre Salama. Todos comparten ciertas perspectivas básicas en torno a la derivación lógica del Estado con respecto al capital, pero ofrecen aproximaciones comprensibles de modo independiente. Por lo tanto, presentaré brevemente las tesis principales de cada uno de ellos.
 
Antoine Artous: la constitución jurídica de la relación salarial
 
El texto de Artous enmarca en buena medida a los subsiguientes. Frente a las teorías del Estado dominantes en la tradición marxista, de implicaciones instrumentales y transhistóricas, el autor se concentra en las “rupturas introducidas por el Estado burgués moderno” (Artous, 2016: 21). La explotación capitalista presupone que el trabajador disponga libremente de su fuerza de trabajo, al igual que otros propietarios de mercancías en el mercado. Las relaciones de soberanía modernas no están “encastradas” en relaciones de propiedad (p. 24). El Estado debe reconocer a todos los particulares como iguales ante la ley, por lo que no puede construirse como el mecanismo privado de una clase social determinada, como ocurre en formas de poder precapitalistas.
El Estado moderno no se funda exclusivamente en la igualdad en la esfera de la circulación, sino que se anuda con la relación de capital y el sometimiento del trabajador bajo el despotismo de fábrica (despotisme d’usine). Dentro de la fábrica, el trabajador está sometido a la división manual/intelectual del trabajo (comprendida como separación entre concepción y ejecución). Si la esfera de la circulación se muestra como el ámbito de la igualdad formal entre individuos, en la producción aparecen con toda claridad las jerarquías capitalistas, plasmadas en el propio proceso de trabajo.
Según Artous, el valor de la fuerza de trabajo no se fija exclusivamente por el automatismo del mercado. En cambio, la lucha de clases juega un rol central en su determinación. “[El salario] es determinado por las relaciones de fuerza entre el capital y el trabajo” (p. 30). La relación de fuerza entre clases que incide en el salario no es un vínculo privado entre un capitalista y un trabajador individuales, sino que supone la presencia del Estado “en cuyo seno se cristaliza un nivel dado de relaciones de fuerza entre dos clases, bajo la forma de leyes, reglamentaciones, etc.” (p. 31). Luego, “el Estado ocupa un lugar constitutivo en la relación salarial” (p. 31). Eso significa que las relaciones jurídicas no son el reflejo pasivo de la economía sino que las propias relaciones económicas están constituidas jurídicamente (p. 37).
Otra característica central del Estado moderno es su “autonomía relativa” con respecto a la clase dominante, “como efecto de la separación de las relaciones de propiedad y las relaciones de soberanía” (Artous, 2016: 31). El Estado político separado es una precondición lógica de la explotación capitalista. Esa separación constitutiva no es una mera ilusión, sino un resultado real de la forma social en el capitalismo. Luego, el Estado no está atado directamente a la clase dominante. Sintéticamente: “la categoría de Estado capitalista es más pertinente que la de Estado burgués” (Artous, 2016: 31), en la medida en que el Estado moderno se corresponde lógicamente con la forma capital y su dinámica, pero no responde directamente a la clase dominante.
 
Tran Hai Hac: naturaleza de clase y forma democrática
 
Hai Hac analiza el rol del Estado en la constitución de la sociabilidad capitalista desde un doble ángulo: las relaciones mercantiles (incluyendo el rol del dinero) y la relación entre clases. Es preciso construir una teoría históricamente determinada del Estado moderno que dé cuenta de su vinculación con la forma capital, esto es, con el peculiar tipo de dominación de clase de la burguesía, que no se realiza mediante la coerción directa o la autoridad personal sino a través del intercambio de equivalentes en el mercado.
La emisión de moneda presupone la institución estatal que legitima una mercancía en particular como equivalente general. El dinero funciona como tal por un acto de “elección-exclusión” (Hai Hac, 2016: 60) con respecto al resto de las mercancías, y que no brota naturalmente del desarrollo del intercambio. “El acto social por medio del cual una mercancía accede al monopolio de la representación social del valor no puede ser sino un acto del Estado” (p. 63). La legitimidad del Estado está, luego, presupuesta en el intercambio de mercancías.
En segundo lugar, el Estado está implicado en la constitución de la relación salarial. La fuerza de trabajo es una “mercancía imaginaria” que no tiene en sentido estricto valor y cuyo precio no se funda en el automatismo del mercado. “La reproducción de la fuerza de trabajo consume mercancías, ¡pero no es la reproducción de una mercancía!” (Hai Hac, 2016: 67). La relación de intercambio entre capital y trabajo depende fundamentalmente de la lucha de clases y su institucionalización estatal, antes que del automatismo del mercado. “No se encuentra en Marx un mecanismo económico de determinación del valor de cambio de la fuerza de trabajo: sólo existen «límites» económicos para la baja y el alza de los salarios, más allá de los cuales el capital no podría reproducirse” (pp. 69-70).
Hai Hac formula una teoría históricamente determinada del Estado moderno. Éste aparece dualizado entre su naturaleza de clase y su forma democrática, como polos dialécticamente contrapuestos de una unidad fundamental. “La naturaleza del Estado moderno es la de ser un Estado de clase, por cuyo medio la burguesía instaura su dominación social. La forma del Estado moderno es la de un Estado de ciudadanos libres e iguales, la forma democrática” (p. 82). La capacidad de la burguesía para presentar su interés particular como el interés general de la sociedad depende de la naturaleza particular de su dominación política, que precisamente se manifiesta en forma democrática. Esto permite también comprender la figura del trabajador. Hay un “doble estatus” del trabajador libre, “que remite a la libertad e igualdad mercantil del trabajador asalariado en tanto vendedor de fuerza de trabajo, pero también a la libertad e igualdad política del trabajador asalariado en tanto que ciudadano” (p. 88). La condición de ciudadanos significa que los trabajadores no actúan meramente como individuos independientes en la circulación, sino que también inciden en las condiciones de venta de la fuerza de trabajo a partir de su organización política. La lucha de clases de la clase trabajadora no es una mera lucha de fuerzas desnudas ni un conflicto puramente económico, sino una “acción política general” que implica “al Estado y sus instituciones” (p. 88).
La forma Estado democrática es, a partir de lo anterior, tanto la manera como existe la dominación de clase de la burguesía como el terreno de disputa donde se dirimen las correlaciones de fuerzas entre clases sociales. El Estado burgués es algo más que la expresión de la dominación burguesa: delimita el terreno en que se libra la lucha de clases moderna. “Puesto que la lucha entre el capital y el trabajo asalariado pasa por la forma democrática del Estado moderno y por la «ciudadanía activa», las libertades e instituciones políticas constituyen [...] lo que está en juego en la lucha de clases” (p. 88).
Es preciso comprender la dialéctica entre la forma y el contenido del Estado capitalista. La atención a la forma democrática con prescindencia del contenido lleva a concebir ilusoriamente al Estado como una institución ajena a las clases sociales, que simplemente garantizaría la convivencia entre individuos libres e iguales, lo que oculta la explotación y la dominación capitalistas. En cambio, desconocer que los procesos de ciudadanía activa no se reducen a expresiones disfrazadas de la explotación capitalista, y son a la vez la forma de manifestación de la lucha de clases proletaria, supone tomar el contenido (la dominación de clase) sin la forma (la democracia). Así, se reduce a los trabajadores a la condición de fuerza de trabajo, desconociéndose que éstos son también una clase que lucha bajo la forma de la ciudadanía activa. “Debido a que el trabajador asalariado es simultáneamente sujeto de derechos civiles y derechos políticos, su existencia no se reduce a ser portador de fuerza de trabajo” (p. 89). La autonomía y resistencia de la clase obrera se vincula con las contradicciones entre la forma y el contenido del Estado capitalista. En suma, el Estado democrático moderno no es sólo expresión de la dominación burguesa, sino también vehículo y arena de la lucha de clases proletaria.
 
Javier Solís González: reconstrucción del debate de la derivación
 
Solís González ofrece una evaluación crítica de la historia del derivacionismo, reconstruyendo las sucesivas instancias que tuvo esta corriente intelectual y haciendo una evaluación crítica de cada planteo. Señala que el propósito del debate no es reducir la política a la economía, comprendidas como esferas de existencia contrapuestas y recíprocamente autónomas, sino dar cuenta de cómo la misma separación entre ambas es necesaria de acuerdo con las determinaciones fundamentales del modo de producción capitalista. Las categorías de El capital y los Grundrisse no se refieren (como pretende la escuela althusseriana, por ejemplo) al “nivel económico” de toda sociedad, sino que son “categorías histórico-materialistas desarrolladas para iluminar la estructura del conflicto de clases en la sociedad capitalista” (p. 101). La crítica de la economía política excede a la ciencia económica burguesa, y puede abarcar también a la teoría del Estado.
Un primer grupo de derivacionistas, entre los que el más conocido es Elmar Altvater “funda la necesidad del Estado en la naturaleza de las relaciones existentes entre los capitalistas numerosos” (p. 103, cursivas originales). El mercado no garantiza, en su movimiento automático, la totalidad de sus precondiciones sociales. Luego, se hace necesario que el Estado intervenga para garantizar las condiciones generales de la acumulación, allí donde los capitales particulares no alcanzan a hacerlo. El Estado representa entonces el “capital total” y se lo deriva de sus funciones como garante exterior de la acumulación.
El autor encuentra dos dificultades en este análisis. Primero, deriva el Estado de sus funciones en lugar de partir de la forma. Así se enfatiza la exterioridad del Estado frente al capital, presuponiéndose la capacidad general del Estado para llevar efectivamente a cabo las funciones requeridas, sin dar cuenta de sus límites estructurales. “Se supone que el Estado puede efectivamente llevar a cabo dichas funciones” (p. 105). En segundo lugar, esta estrategia no atribuye centralidad a la relación capital-trabajo.
En segundo lugar, Solís González analiza los intentos de derivar el Estado de la relación social capitalista, principalmente en los planteos de Joachim Hirisch. “Es entonces en la relación social de explotación del capital sobre el trabajo asalariado [...] que se puede encontrar «el secreto más profundo», el fundamento de existencia del Estado burgués” (p. 108). El fundamento del Estado moderno radica en la ausencia de lazos de dominación personal directo y la libre circulación de mercancías como precondiciones de la explotación específicamente capitalista.
En el pensamiento de Hirsch, las funciones cumplidas por el Estado se derivan de su forma, lo que permite entender a la relación capital-trabajo como su fundamento. Asimismo, las funciones concretas que el Estado cumple en un momento histórico dado no se desprenden en abstracto de su forma general, sino que dependen del proceso histórico, de las condiciones de la acumulación y de la lucha de clases (p. 111). Solís González es globalmente favorable al planteo de Hirsch, en el que encuentra sin embargo algunas dificultades ligadas a la sobreestimación del automatismo del mercado como fundamento de la cohesión social en el capitalismo (p. 112).
Finalmente, el autor analiza los aportes de Salama y Mathias en torno a la derivación del Estado en las periferias. Dado que el propio Salama contribuye con un capítulo del libro, no voy a reseñar en detalle este aspecto del texto de Solís González. El autor clarifica también algunos conceptos importantes, como el de crisis orgánica. Cada régimen político debe sintetizar las exigencias contradictorias que se desprenden de la racionalidad estatal (necesidad de adecuarse a la acumulación) y la legitimidad. En caso de que ambas instancias se vean puestas en cuestión a la vez, es posible que se abra una crisis orgánica del régimen, que puede dar lugar a una cambio de régimen político (p. 118).
 
Pierre Salama: el Estado en Latinoamérica
 
Salama se dedica a la derivación del Estado en la periferia, particularmente en América Latina. Los Estados periféricos no pueden comprenderse si “se los aísla del contexto mundial” (p. 146). Las peculiaridades del contexto periférico implican fundamentalmente un rol activo del Estado en el establecimiento y la profundización de las relaciones capitalistas de producción, incluyendo la “creación” de una burguesía local: “el Estado ha creado en gran parte a la clase social que dice representar” (p. 135). El rol activo del Estado en el establecimiento de las condiciones capitalistas de producción implica que, en la periferia, no es posible hacer abstracción de la nación ni presuponer la generalización de la mercancía en el contexto social. En Latinoamérica, en cambio, es preciso considerar el Estado a partir del sistema capitalista mundial y en marcos donde la generalización de la mercancía no se cumple completamente.
Las condiciones de legitimación de los Estados periféricos se dan en condiciones diferentes a las del centro, porque el fetichismo de la mercancía no se haya completamente asentado. Luego, “la relación de producción capitalista se apoyará sobre las articulaciones específicas de los modos de producción preexistentes” (p. 147). Globalmente, Salama estudia cómo el Estado periférico se estructura en torno a las relaciones capitalistas, pero lo hace de manera diferencial y específica, apoyándose también en tradiciones precapitalistas y otras peculiaridades nacionales o geográficas.
 
Conclusión: emancipación y derecho moderno
 
La novedad más destacable de Naturaleza y forma del Estado capitalista, podría ser que arroja nueva luz sobre las relaciones a la vez internas y contradictorias entre la forma democrática del Estado moderno y su naturaleza de clase. La burguesía no ejerce la explotación a través de relaciones de dominación directa sino mediante el intercambio de equivalentes en el mercado. Esto significa que la explotación moderna sólo puede desarrollarse si las personas se vinculan como particulares libres e iguales en el mercado. La dominación política de la burguesía debe asumir la forma democrática o la forma de un poder público separado. Esto explica la no-homogeneidad sociológica entre el Estado y la clase dominante. El Estado moderno, diferenciado de las formas de soberanía precapitalistas, se vincula estructural, pero indirectamente, con el capital. Esto funda su dependencia sistemática de las relaciones de producción vigentes, pero también da cuenta de su autonomía relativa, en la medida en que no es conceptualizable como un instrumento de la clase dominante.
La existencia de trabajadores libres (desposeídos de los medios de producción, liberados de toda atadura de dominación personal) es una precondición histórica y lógica para la explotación capitalista. El trabajador aparece como un individuo igual en la esfera de la circulación y como un particular sometido al comando del capital en la esfera de la producción. La libertad de la esfera de la circulación es la forma de existencia de la dominación capitalista, a la que a la vez expresa y vela objetivamente. Estas lecturas clarifican una dimensión adicional: los trabajadores son también sujetos de ciudadanía activa, que imponen o propulsan derechos colectivos y específicos. En esta dimensión de ciudadanía activa y socialmente diferenciada asumida por la clase trabajadora aparece el rol constitutivo del Estado en la lucha de clases: las relaciones de fuerza entre clases sociales se plasman siempre en forma política, en leyes, regulaciones y medidas.
Finalmente, estos análisis permiten rediscutir la relación entre las formas jurídico-políticas modernas y la perspectiva emancipatoria o socialista. Dos posiciones han primado al respecto. De un lado, las concepciones más ortodoxas (así como, más recientemente, el autonomismo) han tendido a ver las libertades jurídicas burguesas como meras formas de existencia que enmascaran un contenido diferente (la dominación de clase). Del otro lado, se piensa a las formas jurídicas y políticas como neutrales en términos de clase o como ajenas a la lógica del capital. Contra ambas miradas, estos estudios permiten comprender la dinámica contradictoria (de unidad y oposición) entre el derecho moderno y el capital. El derecho y la política modernos son al mismo tiempo formas de existencia de la dominación capitalista y terreno de disputa en la lucha de clases.
Estos análisis permiten romper con el anti-estatalismo ingenuo de buena parte de la tradición marxiana, sin caer en cambio en las ilusiones estatistas del pensamiento político burgués. Podemos resumir el espíritu del planteo en términos de criticar los ideales políticos y jurídicos burgueses en nombre de la realidad capitalista y a la vez criticar esa realidad, en nombre de sus propios ideales. De una parte, la igualdad y libertad proclamada en la sociedad capitalista se ven traicionadas por el despotismo de fábrica y el sometimiento del trabajo al capital. Es posible, pues, criticar la realidad social capitalista desde el punto de vista de los ideales que esa misma realidad proclama. De otra parte, la igualdad y libertad se realizan efectivamente en la sociedad capitalista, posibilitando la explotación y la dominación de clase burguesas que se realizan a través de la circulación mercantil. Es posible, pues, criticar estos mismos ideales por su función ideológica que oculta la dominación efectiva en la sociedad burguesa. La crítica, así, analiza la contradicción y relación interna entre las formas políticas y jurídicas modernas y la lógica del capital. Esto permite iluminar tanto el potencial emancipatorio de la política moderna, como su imbricación dialéctica con la dominación social en el capitalismo.
 
Artículo escrito especialmente para su publicación en este número de Herramienta.
 

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